viernes, 12 de abril de 2013

PASIVOS CORRIENTES

Un pasivo debe ser clasificado como corriente cuando:
  • a) Se espera que sea cancelado en el curso normal del ciclo de operaciones de la empresa; o
  • b) Debe ser cancelado dentro de doce meses de la fecha del balance general.
  1. El término pasivo corriente se utiliza para designar las obligaciones cuya liquidación se espera razonable que requiera de recursos existente.
  2. Los pasivos corrientes deberán liquidarse con fondos que se han acumulado en cuentas no clasificadas, proporcionalmente como activo corriente, u obligaciones a largo plazo incurridas para proporcionar incrementos.
  3. Una obligación a corto plazo, es decir aquella que vence dentro de un año a partir de la fecha del balance general o dentro del ciclo de operaciones de la empresa cuando este sea mayor de un año y la empresa utiliza este concepto para la segregación corriente y no corriente, será excluida del pasivo corriente solo sí:
  • a) La empresa, tiene la intensión de refinanciar, la obligación sobre una base a largo plazo.
  • b) Esa intención está respaldada por un acuerdo de refinanciamiento o por una reprogramación de los pagos.

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